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MADRID

Condenas de uno y dos años de prisión para los ‘tartalaris’

La Audiencia Nacional español ha condenado a dos años de prisión a Gorka Ovejero, Julio Villanueva e Ibon García, y a un año a Mikel Álvarez, acusados de lanzar tartazos a Yolanda Barcina en octubre de 2011 en Toulouse. La defensa ha anunciado su intención de recurrir.

Los cuatro condenados, el día del juicio. (POOL/EFE)
Los cuatro condenados, el día del juicio. (POOL/EFE)

La Audiencia Nacional española ha condenado a dos años de cárcel a Gorka Ovejero, Julio Villanueva e Ibon García, y a un año de prisión a Mikel Álvarez, juzgados el pasado 18 de noviembre acusados de haber lanzado tres tartazos a la presidenta de Nafarroa, Yolanda Barcina, en octubre de 2011 en Toulouse. A todos les impone una multa de 900 euros.

La defensa ha anunciado a NAIZ su intención de recurrir.

La Sección Primera de la Sala de lo Penal atribuye a los tres primeros un delito de «atentado» contra la presidenta de una comunidad autonómica, por arrojar las tartas, y a Mikel Álvarez le impone un año menos al considerar que no participó directamente en el lanzamiento pero fue «cómplice de atentado». Según el fallo, Álvarez se limitó a «levantar los brazos», por lo que su participación fue «secundaria y no imprescindible».

Los jueces argumentan que, al ser Barcina presidenta de una comunidad autonómica y sufrir el lanzamiento de tartas en el ejercicio de su cargo, los cargos deben ser considerados como delito de «atentado» cualificado en un grado menos, ya que los procesados «tenían la creencia errónea» de que serían juzgados en el Estado francés, donde la pena para este delito es «sensiblemente menor».

Cabe recordar que los tribunales franceses no abrieron ningún proceso judicial por entender que los hechos carecían de entidad.

Las tartas «no son objetos peligrosos» pero hubo «violencia corporal»

El tribunal da por probado que el 27 de octubre de 2011 los cuatro «estamparon tartas a la señora Barcina interrumpiendo el Consejo Plenario de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos que se celebraba en Toulouse y que existió «un acometimiento, una acción violenta corporal en la que la víctima fue golpeada hasta tres veces con unas tartas. No son objetos peligrosos, ni aptos para causar lesiones, no era esa la finalidad perseguida, pero sí supusieron una violencia corporal».

Añade que «los autores no las arrojan, sino que las impactan directa y materialmente en la cara y cabeza de la víctima», por lo que «no se trató del lanzamiento de una tarta al paso de un político, que solo alcance a mancharle la ropa o la cara y que no le impide seguir su paso».

La sentencia relata que Barcina, «con toda la cara y la cabeza llena de merengue, se levantó y trataba torpemente de salir, casi sin ver, cuando uno de los escoltas pudo llegar hasta ella y cogiéndola del brazo la condujo a la salida».

El día del juicio, los cuatro procesados negaron que estuvieran en Toulouse ese día, pero la ANda por probado que se encontraban allí y que estamparon las tartas a Barcina, dando credibilidad al testimonio de la presidenta de Nafarroa, de su escolta y a un vídeo en el que se recogen los hechos.